Dólar futuro. Cristina Kirchner y Axel Kicillof fueron eximidos de culpa y cargo.

Finalmente la Cámara de Casación Penal dictó el sobreseimiento para Cristina Kirchner, Axel Kicillof y todos los ex funcionarios kirchneristas involucrados en la causa conocida por Dólar Futuro, que se inició a finales de 2015 por una denuncia de los entonces diputados Mario Negri y Federico Pinedo.

Los jueces Daniel Petrone, Ana María Figueroa y Diego Barroetaveña determinaron sobreseer a Cristina, Kicillof y también a Alejandro Vanoli, Miguel Pesce, Cristian Girard, Pedro Biscay, entre otros ex funcionarios del Ministerio de Economía y el Banco Central de aquel año. La Cámara, máximo tribunal penal del país, consideró que no había delito alguno cometido por la por entonces presidenta de la Nación y su ministro de Economía y que no hubo perjuicio patrimonial para el Banco Central como argumentaba Cambiemos.

En declaraciones televisivas, el abogado de CFK, Gregorio Dalbón, afirmó: «Muestra a las claras que lo que sucedió fue producto del lawfare, que se le intentó armar una causa a ella y a los otros imputados con el fin de proscribir a la oposición de ese momento».

El expediente fue uno de los tantos que impulsó en su etapa de instrucción el fallecido juez Claudio Bonadio, en el marco de la campaña de lawfare contra la expresidenta. La causa que formó parte de la persecución judicial contra el kirchnerismo durante el gobierno macrista se sostenía de la endeble acusación de una presunta «defraudación de la administración pública» en una conspiración coordinada de las altas esferas el gobierno. No obstante, la Cámara dejó en claro que las medidas fueron parte de una política monetaria y no hubo delito, apoyada en un informe técnico que fue concluido la semana pasada tras varios meses de elaboración.

El trabajo de los peritos arrojó como parte de las conclusiones que «las operaciones de liquidación de dólar futuro están informadas en los balances del BCRA al 31 de diciembre de 2015 y 31 de diciembre de 2016 y en dichos años los balances arrojaron ganancias por $147.116.885.000 en 2015 y $67.448.520.000”. Por lo que se desestimó la defraudación.

Con las pruebas sobre la mesa, tanto Petrone como Barrotaveña consideraron que «la suscripción de los contratos futuros celebrados por el BCRA se incluían dentro de las facultades y límites impuestos por la Carta Orgánica de esa entidad. Además que todo e habría desarrollado dentro del marco legalmente previsto a la luz de los fines de estabilidad monetaria y financiera, entre otras funciones». Por lo que no existe una responsabilidad penal adjudicable.

La operación de Dólar Futuro, para los jueces «materializó la política monetaria que se pretendió llevar a cabo durante el período en cuestión y constituye, entonces, un asunto político cuyo acierto o desacierto se encuentra detraída del control jurisdiccional, al menos de aquel que a esa Cámara compete».

Por su parte, Ana María Figueroa, fue mucho más tajante al sostener que la causa creó «desconcierto entre la comunidad jurídica» y resaltó que no hay delito alguno en la maniobra denunciada. «Se persiste en continuar sometido a proceso a personas con la imposición de medidas cautelares que dañan su vida, patrimonio y honor”, cuestionó además en un tiro por elevación al lawfare.

Fuente: El destape

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